Si tienes alguna queja/información frente a cualquier administración ponte en contacto con nosotros en la siguiente dirección: defensor@dipucordoba.es

El Defensor



  • Datos Personales
    • Nombre: Francisco García-Calabrés Cobo
    • Nacimiento: diciembre de 1.965, en Priego de Córdoba
    • Residencia:Córdoba

  • Datos Académicos
    • Doctor en Derecho
    • Licenciado en Derecho por la Universidad De Córdoba
    • Diplomado Superior en Criminología por la Univ. Complutense.
    • Agente de la Propiedad Inmobiliaria por el Ministerio de Obras Públicas.
    • Corredor de Seguros por el Ministerio de Economía y Hacienda.
    • Tiene 6 libros publicados y 8 en colaboración.
    • Miembro del Grupo de Investigación SEJ 423 “Derecho Internacional Privado Europeo” y SEJ 372 “Democracia, Pluralismo y Ciudadanía”.
    • Columnista de opinión en la prensa y conferenciante habitual.

  • Datos Profesionales
    • Abogado en ejercicio, desde 1993.
    • Profesor de Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Córdoba.
    • Mediador de la Comisión del Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, desde el año 2.000.
    • Vocal árbitro de la Junta Municipal de Consumo del Aytº de Córdoba y de la Junta Provincial de Consumo de la Diputación de Córdoba, desde el año 2.000.
    • Defensor de la Ciudadanía de la Provincia de Córdoba (Pleno Diputación 21/9/2005)

  • Trayectoria Social
    • Presidente de la ONG de inmigración Córdoba Acoge de 1996 a 2004, en la que obtuvo el premio a la solidaridad de la Junta de Andalucía en el año 2.002.
    • Director del Centro de Menores Inmigrantes “Despertares” de 1999 a 2004.
    • Promotor y vicepresidente de la Comisión de Derecho de Extranjería del Ilte. Colegio de Abogados de Córdoba de 1.999 a 2005.
    • Secretario de la ONG de cooperación al desarrollo Vida y Supervivencia de 1.998 a 2005.
    • Vocal de la Comisión Permanente y Plenario del Foro Andaluz de la Inmigración desde año 2000 a 2004.
    • Responsable del Area Jurídica de Córdoba Acoge de 1.993 a 2005.
    • Fundador y miembro de numerosas asociaciones profesionales, vecinales y sociales de Córdoba.



Funciones y Facultades


El Defensor tiene cuatro funciones principales recogidas en los reglamentos de Participación ciudadana (RPC) y de Organización y Funcionamiento de la Oficina del Defensor (ROFOAC).

  • Velar por el correcto funcionamiento de los cauces de participación ciudadana y la interpretación auténtica del RPC (artículos 21 y 24 del RPC).
  • Servir de interlocutor con el Defensor del Pueblo Andaluz y del Estado, relacionarse y cooperar con ellos en cuanto sean necesario para defender los intereses de los ciudadanos (artículo 9.d del ROFOAC).
  • Promover la participación ciudadana y el fomento de la cultura participativa y los valores democráticos, como la libertad, la igualdad, la pluralidad y la justicia (artículo 9 del ROFOAC).
  • Asesorar, informar y defender a los ciudadanos sobre sus derechos e intereses frente a la Diputación y los Ayuntamientos con los que exista convenio de colaboración en la Provincia, recogiendo y tramitando para ellos sus quejas y reclamaciones (Artículo 9 del ROFOAC).

Para ello, el Defensor de la Ciudadanía está facultado expresamente a través de Reglamento para tener relación directa con todas las instancias de la Corporación Provincial, el Presidente de la diputación y todos sus órganos, especialmente los participativos. Dará cuenta anualmente de su gestión a través de un informe anual que el Defensor presentará al Pleno de la Corporación. Además, emitirá los informes extraordinarios que se precisen (artículos 2 y 12 del ROFOAC).

El ámbito de sus funciones se centra en las Administraciones Provinciales y locales, sin perjuicio de la colaboración con las Administraciones Autonómicas y Central.

El Defensor de la Ciudadanía NO PUEDE atender:

  • Asuntos sometidos a Jueces o Tribunales, estén o no resueltos mediante sentencia judicial.
  • Conflictos entre particulares (de vecindad, laborales, mercantiles, etc.)
  • Peticiones que todavía no hayan sido planteadas ante ningún organismo público.
  • Quejas anónimas o aquellas en las que el Defensor advierta mala fe por parte del interesado.


Accede al :
Reglamento de organización y funcionamiento de la Oficina Defensor de la Ciudadanía